Presentación y sustentación de una memoria profesional

Modalidad de titulación, aprobada excepcionalmente por SUNEDU, ejecutada y culminada con la sustentación correspondiente el 31 de diciembre de 2022.

La memoria sobre el desempeño en el campo profesional, consiste en la elaboración, presentación y sustentación de un informe inédito respecto de las actividades profesionales realizadas por el candidato y los beneficios que produjeron, con la vinculación académica correspondiente.

El contenido de la memoria deberá tener una extensión mínima de 40 páginas, sin incluir anexos. Los demás requisitos formales serán determinados y comunicados oportunamente por la Facultad.

Requisitos

  • Poseer grado académico de bachiller en Contabilidad o en Administración.
  • Haber prestado servicios profesionales durante un mínimo de tres (3) años consecutivos posteriores a la fecha de egreso de la Facultad, debidamente acreditados con las constancias o certificados correspondientes.
  • Presentar y sustentar una memoria sobre el desempeño en el campo profesional.

Base normativa

Artículo 77° inciso c) y artículos 98° al 102° del subcapítulo III Presentación y Sustentación de la Memoria sobre el Desempeño en el Campo Profesional del Capítulo II y Disposiciones Complementarias del Reglamento de la Facultad de Ciencias Contables.

Procedimientos establecidos por la Secretaría General de la PUCP, sección trámites académicos de los alumnos – obtención del título profesional, a través del Campus Virtual PUCP.

Procedimiento

  1. Presentará en la Mesa de Partes de la Facultad, una solicitud “Inscripción del tema de la memoria”, en la que se mencione que desea obtener el título profesional mediante esta modalidad, acompañada de un ejemplar del Plan de memoria elaborado de acuerdo con las especificaciones señaladas en el Anexo 1 “Esquema del plan de memoria”, y el pedido de designación de la docente asesora o del docente asesor de la memoria.
  2. Recibido el plan de memoria, la instancia correspondiente designa a la docente o el docente informante (evaluadora o evaluador), quien evaluará el plan y emitirá un informe de opinión en un plazo de veinte (20) días. En caso de ser favorable el informe, el Plan de Memoria será aprobado y se procederá a su inscripción en el “Registro de Planes de Memoria Aprobado” de la Facultad y se designará a la docente asesora o al docente asesor.
  3. Aprobado el plan de memoria, la Secretaría Académica lo inscribirá en el “Registro de Planes de Memorias Aprobados”, consignará el nombre del tema, el nombre de la bachillera o del bachiller, el nombre de la docente asesora o del docente asesor y la fecha de registro. El registro del Plan de memoria otorga derecho exclusivo y excluyente a la bachillera o el bachiller para trabajar en la memoria por el término de un (1) año, prorrogable 1 por única vez hasta seis (6) meses.
  4. La Facultad comunicará a la bachillera o al bachiller la aprobación del Plan de Memoria presentado y la designación de la docente asesora o del docente asesor. Para el desarrollo de la memoria, deberá considerar la estructura indicada en el Anexo 2 “Estructura de la memoria”.
  5. En caso la (el) docente informante (evaluadora o evaluador) emitiera un informe con observaciones, la bachillera o el bachiller deberá subsanarlas en un plazo de sesenta (60) días calendario de recibida la comunicación al respecto. Si en una segunda oportunidad, no contara con la aprobación de la (el) docente informante (evaluadora o evaluador), el plan es rechazado. La bachillera o el bachiller podrá iniciar un nuevo procedimiento en cualquiera de las modalidades ofrecidas en el artículo 77° del Reglamento de la Facultad.
  6. Aprobado el plan de memoria, la bachillera o el bachiller deberá iniciar la elaboración de la memoria con la supervisión de la docente asesora o del docente asesor designado.

  1. En caso la bachillera o el bachiller decida solicitar cambio del tema de la memoria, deberá reiniciar el procedimiento descrito a partir del inciso a), presentando la solicitud “Cambio de tema de la memoria”.

  1. Para el desarrollo de la memoria, la bachillera o el bachiller cuenta con el acompañamiento de una docente asesora o de un docente asesor designada(o), en el plazo reglamentario de un año (artículo 93° del Reglamento de la Facultad). La estructura de la memoria está señalada en el Anexo 3 “Pautas para la presentación de la memoria”.
    Culminada la memoria:
    1.1. la docente asesora o el docente asesor emitirá un informe sobre el resultado final del trabajo, con el reporte de similitud obtenido del software antiplagio TURNITIN
    1.2. la bachillera o el bachiller presentará en la Mesa de Partes de la Facultad, dos (2) ejemplares impresos anillado, una versión en soporte digital, un resumen de la memoria, con la solicitud (campus virtual) “Obtención del título profesional”.

  1. La memoria presentada con la solicitud, se someterá a la evaluación de una (un) docente informante (evaluadora o evaluador) quien emitirá opinión calificada en un plazo no mayor de treinta (30) días calendarios.
  2. El informe de la (del) docente informante (evaluadora o evaluador) puede dar el siguiente resultado:
    2.1. opinión favorable, sin observaciones. La memoria está expedita para su presentación y sustentación.
    2.2. opinión con observaciones. Deben ser subsanadas en un plazo no mayor de tres (3) meses y presentar una solicitud con la memoria corregida para nueva revisión por la (el) docente informante (evaluadora o evaluador), quien emitirá un informe. De ser favorable, la memoria queda expedita para su presentación y sustentación.
    2.3. opinión desfavorable. Deberá ser sometido a nueva evaluación por parte de otra(o) docente informante (evaluadora o evaluador). De ser favorable este último informe, la memoria queda expedita para su presentación y sustentación. En caso el nuevo informe sea desfavorable, la memoria no se aprueba para su presentación y sustentación, por lo cual, la bachillera o el bachiller pierde la opción de continuar con el proceso.
  3. Culminado el proceso al que hace referencia el inciso precedente, se comunicará a la bachillera o al bachiller el resultado correspondiente.

  1. Admitida la memoria, la bachillera o el bachiller presentará una solicitud dirigida al Decano de la Facultad, pidiendo se señale día, hora y lugar para la presentación y sustentación de la memoria. La solicitud deberá estar acompañada de cuatro (4) ejemplares empastados de la memoria, con un resumen cuya extensión no será mayor de treinta (30) líneas, además, una versión digital (CD) de la memoria y resumen, una (1) fotografía tamaño pasaporte y el comprobante de pago de los derechos académicos correspondientes.
  2. El Jurado estará conformado por tres (3) miembros, presidido por el Decano de la Facultad o la (el) docente que designe para reemplazarlo. Integrarán el Jurado, de preferencia, la asesora o el asesor y la (el) docente informante (evaluadora o evaluador). En caso hubiera existido un informe desfavorable, pero superado por una opinión de otra u otro docente informante (evaluadora o evaluador), podrá integrarse al jurado que se conformará con cuatro (4) miembros. Para este caso, se solicitará un ejemplar adicional de la memoria.
  3. Los miembros del jurado y la bachillera o el bachiller, serán convocados en día, hora y lugar para la presentación y sustentación pública de la memoria, a través de los medios de comunicación que emplea la Facultad. La comunicación a los jurados irá acompañada de un ejemplar de la memoria y el resumen respectivo.

  1. En el día, hora y lugar señalado para la sustentación, en acto público, el Jurado designado atenderá el proceso académico de la presentación y sustentación de lamemoria por parte de la bachillera o del bachiller.
  2. Culminada la sustentación, el Presidente del Jurado suspenderá el acto académico para realizar la evaluación correspondiente y determinar la aprobación o no de la memoria. Sólo en el caso de aprobación, el jurado asignará una nota en escala vigesimal, de once (11) a veinte (20).
  3. Aprobada la sustentación de la memoria, la bachillera o el bachiller prestará juramento.
  4. Culminado el acto académico, la bachillera o el bachiller, deberá consignar datos y firmar el Formulario de autorización de depósito de la memoria en el Repositorio Digital de la PUCP.
  5. En caso de desaprobación de la sustentación, la bachillera o el bachiller podrá reiniciar un procedimiento en cualquiera de las modalidades ofrecidas en el artículo 77.°.

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