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Colegio de Abogados de Lima se pronuncia sobre caso de maltrato contra practicante

En el 2020 se viralizaron una serie de audios en los que una abogada de un estudio jurídico de Lima menospreciaba el trabajo realizado por su practicante mediante críticas destructivas y claras agresiones verbales llenas de lenguaje soez y ofensivo, e incluso insultos tanto hacia su trabajo como hacia su persona. Al tomar conocimiento del caso, el profesor Renato Constantino Caycho y las estudiantes Camila Swayne Salazar, Paloma del Campo Tarmeño y Nadia Ibarra Serván presentaron una denuncia formal ante el Colegio de Abogados de Lima. La pretensión se fundamentó en el artículo 6 del Código de Ética Profesional, que establece que «[l]os deberes fundamentales del abogado comprenden actuar con lealtad, probidad, veracidad y otros valores inherentes a prácticas correctas en el ejercicio de la profesión»; y en el artículo 76 del mismo cuerpo normativo, que establece que “[e]l abogado debe esforzarse por ser un ejemplo de idoneidad ética para sus colegas, en especial para los futuros profesionales del Derecho”.

Las estudiantes denunciaron que los audios evidenciaban una transgresión a dos deberes primordiales de la abogacía: (1) mostrar respeto hacia los colegas, y (2) esforzarse por ser un modelo para las futuras generaciones de profesionales del derecho. Ellas afirmaron que, en lugar de representar a la persona directamente afectada, poseían legitimación para obrar en el caso como eventuales practicantes que podrían verse afectadas por la convalidación de lo que se evidenciaba en los audios.

Recientemente se ha notificado la Resolución CAL 441– 2023 CE/DEP/CAL del Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima. En ella el Consejo acoge los argumentos presentados en la denuncia e impone una sanción disciplinaria a la abogada. Además, establece, como requisito obligatorio de los/as abogados/as respecto de los/las practicantes a su cargo, el cumplimiento de ciertos principios como la tolerancia, libertad, diálogo, igualdad, no discriminación, comprensión y cooperación.

Es un precedente que marca la pauta en cuanto al trato en centros de prácticas. Se podría decir que legaliza una obligación moral.

Camila Swayne

Con este caso se espera contribuir a cambiar determinadas dinámicas de los espacios de prácticas, pues estos deben tener un alto contenido formativo basado en el respeto. Al consultar a las estudiantes sus impresiones sobre lo decidido, Camila Swayne señaló que ahora los/as abogados/as “saben que sus actos tienen consecuencias. Es un precedente que marca la pauta en cuanto al trato en centros de prácticas. Se podría decir que legaliza una obligación moral”. Además, Paloma Del Campo resaltó el necesario rol de vigilancia de los/as estudiantes, especialmente, en situaciones que afectan a practicantes. Finalmente, Nadia Ibarra expresó su convicción de que con esta resolución se desaprendan conceptos erróneos como “derecho de piso”; y se construyan nuevas formas de trato respetuoso para aplicar la ética profesional y fortalecer la labor de la profesión.

¡Lee aquí la resolución completa!

¿Y tú qué opinas sobre este polémico caso?